Contenido:
Visto:
1. Las Ponencias Nacionales de Argentina, Brasil, Ecuador, España y Uruguay,
y las comunicaciones técnicas presentadas sobre el tema.
2. Las intervenciones y los debates de los delegados presentes.
Considerando:
Que la prestación de bienes y servicios públicos por los Entes
administrativos locales permiten en principio una mayor proximidad al
administrado, un mejor conocimiento de sus demandas y una mejor adecuación
del gasto público a las peculiaridades de cada colectividad con los
mecanismos políticos correspondientes.
Que cuando el bien o servicio público sea notoriamente indivisible, afecte al
conjunto de la Nación o implique importantes efectos externos sobre varias
regiones, es preferible la competencia centralizada.
Que cuanto mayor es el grado de autonomía y descentralización, mayor es el
riesgo de que se consoliden y acrecienten las diferencias de producción,
renta y riqueza entre las diversas zonas del país, lo que requiere, por
consiguiente, mecanismos compensatorios.
Que
el hecho que la autoridad local pueda asumir la responsabilidad del gasto y
no la impopularidad de financiarlo, no estimula la exploración de sus propias
bases imponibles y excluye la necesidad de evaluar costos y beneficios
esenciales en las decisiones económicas.
Que la existencia de dificultades teóricas para especificar los servicios que
corresponden a cada nivel impide una asignación rígida.
Recomiendan:
1.
Que la asignación de responsabilidades en la prestación de
bienes y servicios públicos entre diferentes niveles de gobierno, deben ser
lo más flexible posible, teniendo en cuenta la naturaleza de dichos bienes y
servicios.
2.
Que toda competencia de gasto vaya acompañada de la potestad
recaudatoria paralela suficiente, reduciéndose las transferencias
intergubernamentales.
No obstante, deben arbitrarse medidas correctoras que ayuden a las regiones
menos desarrolladas a alcanzar niveles de bienestar y servicios públicos
equiparables a los de las restantes zonas del país.
Resultado
de la votación:
El punto 1 resultó aprobado por 35 votos a favor (Díaz, Macón, Schindel,
Wilhem, Villegas, Gauna, Lauría, Barros, Quiñones, Becerra, Bravo, Florez,
Leyva, Sarmiento, Navarrete, Larrea, Ramallo, González, Pérez de Ayala,
Ferreiro, Amorós, Flores Zavala, Sáinz, Ramírez, Talledo, Rodríguez Pardal,
Carvalho, Pires con reservas, Martins, Sá Gómes, Torres Hermida, Valdés
Costa, Peirano, Shaw, Salerno), hubo 1 voto en contra (Mazz) y 1 abstención
(Octavio).
El punto 2 fue aprobado por 27 votos a favor (Díaz, Macón, Schindel, Wilhem,
Villegas, Gauna, Lauría, Barros, Quiñones, Becerra con reserva, Bravo,
Florez, Sarmiento con reserva, Navarrete, Larrea, González con reserva, Pérez
de Ayala, Amorós, Flores Zavala, Ramírez, Talledo, Rodríguez Pardal,
Carvalho, Pires, Martíns, Sá Gomes, Torres Hermida); 6 votos en contra
(Leyva, Valdés Costa, Peirano, Shaw, Mazz y Salerno) y 3 abstenciones
(Ramallo, Ferreiro, Sáinz).
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