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Resolución 1968 – Brasil – Tema II

TEMA 2: PRINCIPIOS DE POLITICA FISCAL EN LOS INCENTIVOS PARA EL DESARROLLO ECONOMICO - 1968

País de origen: Brasil

Jornada: III JORNADAS LUSO-HISPANO-AMERICANAS DE ESTUDIOS TRIBUTARIOS, RIO DE JANEIRO-BRASIL-1968

 

Contenido:

Analizados los trabajos presentados a la consideración de estas Jornadas sobre el tema económico y las opiniones vertidas durante su estudio, y considerando la conveniencia de circunscribir las recomendaciones al problema de los incentivos fiscales, sin que ello signifique desconocer la importancia que para una política de desarrollo económico tiene, como presupuestos básicos, la estabilidad jurídica, económica y política y otros instrumentos de la técnica tributaria y medios de acción del Estado.



Las III Jornadas Luso-Hispano-Americanas formulan las siguientes conclusiones:


1º. La política fiscal logra sus objetivos de desarrollo económico e integración social cuando es coherente con una política global, encaminada al aumento del nivel de vida de los pueblos. Dentro de la política fiscal, el sistema tributario es un instrumento importante de orientación y corrección del comportamiento del sector privado.


2º. Los incentivos fiscales, dentro del sistema tributario, pueden contribuir eficazmente al desarrollo económico del país.


3º. Los tipos de incentivos fiscales a utilizar deben escogerse teniendo en cuenta la estructura tributaria de cada país y su política financiera.


4º. La política de incentivos debe:


a) Fijarse por ley y por tiempo determinado.


b) Estar dotada de la flexibilidad necesaria para que, una vez cumplido sus objetivos, se evite que perduren las distorsiones del principio de equidad que ella pueda implicar y la erosión de las bases de imposición con la consiguiente pérdida de ingresos públicos.


c) Articularse, en cuanto se dirija al fomento del ahorro y de la inversión, de modo que los estímulos actúen tanto a nivel empresarial como individual. En este último caso será más efectiva si los impuestos respectivos tienen la amplitud de base suficiente.


d) Dirigirse a desarrollar determinados sectores o actividades económicas y regiones o zonas.


5º. Los incentivos fiscales tienen en la atracción de capitales extranjeros una importancia relativa, pues la inversión se determina por razones de estabilidad política, de coyuntura económica, de las condiciones para la repatriación de capitales y remesa de utilidades y de otras circunstancias ajenas a la política fiscal. Será deseable que los países exportadores de capitales excluyesen de la imposición los rendimientos de los capitales invertidos en países en vías de desarrollo, por constituir una forma eficaz de cooperación internacional.