TEMA 1: EL REPARTO DE COMPETENCIAS TRIBUTARIAS EN LOS DISTINTOS NIVELES DE GOBIERNO - 1987 |
País de origen: España |
Jornada: XIII JORNADAS LATINOAMERICANAS DE DERECHO TRIBUTARIO, PALMA DE MALLORCA – ESPAÑA - 1987 |
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Recomiendan: 1. Que la distribución de competencias tributarias entre distintos niveles o ámbitos de poder territorial de un país, corresponde al plano normativo constitucional, pudiendo ser desarrolladas por la legislación ordinaria cuando esté constitucionalmente previsto. 2. Que esta distribución debe ajustarse a los fines o cometidos que se atribuyan a cada uno de esos niveles o ámbitos de poder territorial, a fin de asegurar un funcionamiento eficiente y equilibrado del Estado en su conjunto, tanto para lograr una adecuada satisfacción de las necesidades públicas, cuanto para fijar una justa contribución de los sujetos afectados.
3. Que la superposición de los mismos o aún de distintos niveles o ámbitos de poder territorial sobre los mismos hechos o actos, debe rechazarse en cuanto atente contra el principio de capacidad contributiva y el pleno desenvolvimiento de las actividades económicas.
4. Que los distintos niveles o ámbitos de poder territorial deben coordinar el ejercicio de sus respectivas competencias tributarias, tanto horizontal como verticalmente, a fin de racionalizar al máximo el ejercicio de dichas competencias, proteger las fuentes de tributación y no superar niveles razonables de presión fiscal conjunta.
5. Que la distribución de competencias tributarias no debe obstaculizar la realización de una política nacional en materia económica y social.
Resultado de la votación:
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